Declaración informativa múltiple: qué es y cuándo presentarla
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| Publicación noviembre 22, 2024| Última actualización noviembre 22, 2024
La declaración y el pago de impuestos es un tema crucial para la administración de cualquier empresa, y en este sentido, la Declaración Informativa Múltiple (DIM) es un requisito indispensable para llevar una contabilidad impecable y mantener todo en orden frente a la autoridad tributaria.
Específicamente, la declaración informativa múltiple, es necesaria para la declaración de las operaciones efectuadas a través de fideicomisos y/o con otras partes relacionadas, lo cual hace de este tema uno de gran interés para la gestión de empresas, como por ejemplo, cuando se retiene el ISR al pago a los colaboradores.
Queremos ayudarte a comprender todos los procesos fiscales sin ningún problema, por ello aquí te contamos todo lo que necesitas saber acerca de la Declaración Informativa Múltiple, o DIM “pa’ los cuates”.
¿Qué es y en qué consiste la Declaración Informativa Múltiple?
La Declaración Informativa Múltiple (DIM) es un documento fiscal que ciertos contribuyentes mexicanos, tanto personas físicas como morales, deben presentar de forma anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para cumplir con diversas obligaciones fiscales.
A través de la DIM, estos contribuyentes reportan de manera consolidada las retenciones de impuestos realizadas a lo largo del ejercicio fiscal, lo que facilita al SAT la supervisión de sus operaciones financieras y el cumplimiento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), así como otras disposiciones fiscales.
La DIM permite informar varios tipos de operaciones, tales como:
- Pagos y retenciones de impuestos: Aquí se incluyen las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
- Retenciones a residentes en el extranjero: Cualquier retención de impuestos y pagos realizados a personas o entidades no residentes en México, quienes están sujetos a disposiciones especiales.
- Operaciones con partes relacionadas: Las empresas deben reportar sus transacciones con entidades extranjeras con las que tienen una relación económica significativa, lo que permite al SAT vigilar posibles prácticas de precios de transferencia.
- Operaciones a través de fideicomisos: Cualquier operación realizada en el contexto de un fideicomiso debe ser informada para mayor transparencia y control fiscal.
Aquí un ejemplo para ponerlo más claro: imaginemos que una empresa mexicana contrata servicios de asesoría de una empresa en el extranjero y, además, tiene empleados a los que les retiene ISR. La Declaración Informativa Múltiple permite que esta empresa reporte ambos tipos de transacciones en un solo informe anual, incluyendo las retenciones aplicadas tanto a sus empleados nacionales como los pagos hechos a la empresa extranjera.
De esta forma, cumple con sus obligaciones fiscales de manera centralizada y sencilla.
¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Informativa Múltiple?
La obligación de presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM) aplica a ciertos contribuyentes, incluyendo personas físicas y morales, así como a fideicomisarios y fideicomitentes que realicen actividades empresariales mediante fideicomisos.
En este sentido, quienes están obligados a presentar este reporte según las disposiciones fiscales son:
Personas Morales
Las personas morales están obligadas a presentar la DIM cuando llevan a cabo las siguientes actividades:
- Retenciones de ISR e IVA a terceros: Esto aplica para las empresas que, por sus operaciones, retienen impuestos a proveedores, empleados o arrendadores.
- Pago de salarios y asimilados a salarios: Las organizaciones que pagan sueldos o compensaciones equivalentes, están obligadas a declarar las retenciones correspondientes.
- Distribución de dividendos o utilidades: Las empresas que reparten utilidades o dividendos a sus accionistas también deben reportarlo en la DIM.
- Pagos de arrendamiento o uso de bienes inmuebles: Esto incluye cualquier pago por el alquiler de inmuebles, que esté sujeto a retenciones.
- Pagos al extranjero: Empresas que efectúan pagos a personas o empresas extranjeras, como servicios, regalías o intereses, también deben incluir esta información.
Personas Físicas con Actividad Empresarial
Las personas físicas que realizan actividades empresariales también están obligadas a presentar la DIM cuando:
- Retienen ISR o IVA: Esto aplica para quienes efectúan retenciones en sus transacciones comerciales.
- Pagan salarios o asimilados a salarios: Si la persona física cuenta con empleados o paga a trabajadores independientes, debe declarar esas retenciones.
- Realizan pagos a residentes en el extranjero: Las personas físicas que contratan servicios internacionales o pagan regalías y están sujetas a retenciones deben incluir esta información en su declaración.
Fideicomisos
En el caso de las operaciones a través de fideicomisos, los fideicomitentes y fideicomisarios están obligados a presentar la DIM si estas operaciones involucran actividades empresariales o implican la retención de impuestos.
Esta obligación está sustentada en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) y en el Código Fiscal de la Federación, y busca asegurar que las autoridades fiscales tengan visibilidad de todas las retenciones y pagos que afectan la recaudación.
La DIM debe presentarse cada año a más tardar el 15 de febrero del año en curso, declarando las operaciones correspondientes al ejercicio fiscal anterior.
¿Dónde se presenta la Declaración Informativa Múltiple?
La Declaración Informativa Múltiple (DIM) puede presentarse a través de distintos medios, dependiendo del volumen de registros que se deban reportar. Algunas de las opciones disponibles son:
Presentación en Línea
Cuando la información a declarar contiene hasta 40,000 registros, la DIM puede presentarse directamente en el portal del SAT. Para ello, se debe:
- Descargar la aplicación DIM en formato .exe desde el sitio web del SAT.
- Instalar la aplicación y seguir los pasos indicados para llenar los datos requeridos.
- Generar un archivo en formato .dec, que será el que se envíe al SAT.
- Subir el archivo en el portal del SAT y, una vez validado, recibir un acuse de recibo electrónico, con el número de operación, fecha de presentación y el sello digital.
Presentación en Oficinas del SAT
En caso de que el reporte contenga más de 40,000 registros, se requiere acudir personalmente a una oficina del SAT. Para este proceso, el contribuyente debe llevar la información previamente cargada en un dispositivo USB o en un CD, los cuales serán revisados y devueltos después de la validación.
Guía de Anexos para la DIM: Vigentes y No Vigentes
En la Declaración Informativa Múltiple (DIM), los anexos han tenido cambios importantes en los últimos años debido a la implementación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Con la incorporación de esta tecnología, el SAT ahora recibe automáticamente muchos de los datos que antes debían reportarse en la DIM, lo que ha simplificado la carga administrativa para los contribuyentes al eliminar la obligatoriedad de ciertos anexos.
Anexos que ya no son necesarios: Gracias a la integración de la información mediante el CFDI y otros cambios en la legislación fiscal, varios anexos de la DIM ya no son necesarios, incluyendo:
- Anexo 1: Información sobre sueldos, salarios, crédito al salario y subsidio al empleo.
- Anexo 3: Información de donativos otorgados.
- Anexo 5: Ingresos bajo Regímenes Fiscales Preferentes (REFIPRE).
- Anexo 6: Operaciones entre empresas integradoras e integradas.
- Anexo 7: Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS).
- Anexo 8: Información sobre el IVA.
Estos anexos dejaron de ser requeridos, ya que ahora el SAT puede acceder a esta información de manera automática a través del CFDI y otros registros en su portal.
Anexos que aún son obligatorios:
Sin embargo, algunos anexos continúan siendo obligatorios en la DIM debido a la complejidad de la información que manejan, especialmente en operaciones internacionales o con fideicomisos. Los anexos vigentes son:
- Anexo 2: Reporte de pagos y retenciones del ISR, IVA o IEPS.
- Anexo 4: Retenciones y pagos realizados a residentes en el extranjero.
- Anexo 9: Operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
- Anexo 10: Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.
Es importante que los contribuyentes revisen cada año los requisitos de la DIM para asegurar que cumplen con los anexos vigentes y presenten su declaración correctamente, ya que las normativas pueden actualizarse constantemente.
Es fundamental destacar que el manejo adecuado de la Declaración Informativa Múltiple (DIM) y otros procesos fiscales no solo es una obligación legal, sino una pieza clave para la salud financiera y operativa de cualquier organización.
Para los especialistas en Recursos Humanos, el conocimiento sobre temas fiscales —como el pago de nómina, las retenciones de impuestos y la declaración de los mismos— puede ser una gran herramienta para gestionar correctamente las obligaciones con el SAT y contribuir al bienestar financiero tanto de la empresa como de sus colaboradores.
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