Agiliza tus procesos de desvinculación laboral con nuestra calculadora

Conoce el monto exacto que debes pagar de finiquito o liquidación. Nuestra calculadora realiza cálculos precisos, simplifica el proceso de desvinculación y asegura pagos correctos.

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Antes de calcular recuerda que:

Finiquito: Son todos los pagos devengados.

Finiquito + Liquidación: Son todos los pagos devengados, más la indemnización que la empresa da al colaborador.

Ingresa el periodo laboral indicando fecha de ingreso y baja de la empresa

periodo-cts

Fecha de ingreso

La fecha en la que el colaborador empieza a trabajar en la empresa.
periodo-cts

Fecha de baja

La fecha en la que el colaborador deja de trabajar en la empresa.

Ingresa el salario mensual

Retribución mensual que recibe un colaborador por su trabajo.

30 días

Prestaciones

Son todos los beneficios adicionales al sueldo base, que otorga una empresa a sus colaboradores.
Los días de vacaciones que tiene un colaborador al año, esto varía dependiendo de su antigüedad en la empresa.
Porcentaje adicional que se paga a los colaboradores cuando toman vacaciones, para que disfruten de esos días.
La gratificación anual obligatoria que se paga a los colaboradores a final de año. Debe ser de al menos 15 días de salario por año y se paga lo proporcional a los días trabajados.

Este cálculo está basado en las prestaciones que se dan comúnmente en México. Con Buk puedes personalizar el cálculo.

Ingresa pagos pendientes

Los días de vacaciones pendientes que el colaborador no disfruto durante el tiempo que trabajó en la empresa.
El sueldo que el colaborador debe de recibir por los días que ya trabajó.

Pago por separación

Monto adicional que las empresas ofrecen a los colaboradores como agradecimiento por el tiempo trabajado en la organización.

Ingresa pagos por indemnización

Equivale a 12 días de salario, por cada año de servicio. Con un tope de 2 UMAs.
Implica el pago de tres meses de salario integrado, salarios caídos y otras prestaciones.
Indemnización en caso de que el colaborador demande ante la autoridad laboral la reinstalación a su trabajo, obtenga una sentencia a su favor y el empleador se niegue a reinstalarlo.

Resultados:

Pagos por separación

Vacaciones pendientes

Los días de vacaciones pendientes que el colaborador no disfruto durante el tiempo que trabajó en la empresa.

Días de sueldo pendiente

El sueldo que el colaborador debe de recibir por los días que ya trabajó.

Vacaciones
proporcionales

Las vacaciones que el colaborador no disfrutó y deben de pagarse.

Prima vacacional
proporcional

La prima vacacional de los días de vacaciones que el colaborador no disfrutó y deben de pagarse.

Días aguinaldo
proporcional

Los días de aguinaldo que corresponden al colaborador, en proporción a los días del año trabajados.

Prima de antigüedad

Equivale a 12 días de salario, por cada año de servicio. Con un tope de 2 UMAs.

Indemnización
constitucional

Implica el pago de tres meses de salario integrado, salarios caídos y otras prestaciones.

Indemnización 20 días
por año trabajado

Indemnización en caso de que el colaborador demande ante la autoridad laboral la reinstalación a su trabajo, obtenga una sentencia a su favor y el empleador se niegue a reinstalarlo.

Detalles de tu cálculo

Pagos por separación

Pagos por indemnización


El Impuesto sobre la Renta que se paga por los ingresos y prestaciones ya devengadas.
El Impuesto sobre la Renta que se paga por la indemnización que el patrón brinda al colaborador.
La suma de todos los descuentos que se realizan a las percepciones previamente calculadas y que se destinan al pago de impuestos.
Aportación al IMSS por los días laborados del último periodo.
El total de la aportación que debe hacerse al IMSS por los días laborados del último periodo.

Finiquito calculado:

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*Esta calculadora contempla las prestaciones mínimas de ley. Los resultados del ejercicio son de carácter informativo y es responsabilidad del usuario hacer uso correcto del mismo.

Encontramos algunos errores

Por favor completa los siguientes campos para que podamos calcular finiquito:

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    Preguntas frecuentes

    El finiquito es el documento en el que se detallan los pagos que el empleador realiza al colaborador al término de su contrato, mientras que la liquidación es el pago de indemnizaciones adicionales, como un despido injustificado.

    Es necesario saber el salario del colaborador, su antigüedad en la empresa, motivo por el que terminó la relación laboral y cualquier prestación adicional. También es necesario contemplar los días de vacaciones, así como días de sueldo pendientes y algunos conceptos adicionales como la indemnización laboral de 20 días por cada año trabajado y, si la empresa lo desea, una gratificación extraordinaria.

    Un cálculo incorrecto puede generar reclamos por pagos no recibidos y podría escalar a problemas legales con el colaborador. Colateralmente, esto podría afectar tu reputación como empleador y afectar la relación y confianza con la fuerza laboralde tu compañía.

    Facilita el proceso de cálculo, reduce el riesgo de errores y proporciona resultados claros y transparentes de los montos a pagar al colaborador al finalizar su relación laboral.

    Se suman los derechos que tiene el colaborador de acuerdo a la ley, como: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y días proporcionales del mes trabajado. Se resta cualquier adeudo con la empresa, tales como préstamos o adelantos. Se retiene el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente según el salario y se añaden prestaciones adicionales acordadas en el contrato o el convenio colectivo. A diferencia de la liquidación, este pago se realiza cuando el colaborador se separa de la empresa voluntariamente.

    Principalmente el salario, prestaciones que tiene el colaborador (ya sea de ley o superiores), vacaciones pendientes, días de aguinaldo proporcional y periodo de tiempo en el que trabajó en la organización.

    La indemnización por despido incluye distintos elementos que van desde la indemnización constitucional (3 meses de salario), los días del mes trabajado, las vacaciones y el aguinaldo proporcional, la prima de antigüedad, y en ocasiones una indemnización (de 20 días por año trabajado).

    Después, se deducen adeudos pendientes y se añade o retiene el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente.

    Se aplica la tasa correspondiente según el ingreso total percibido en el periodo del finiquito o liquicación. Se suma el monto del finiquito al ingreso anual acumulable del trabajador y se aplica la tabla del ISR vigente para determinar el impuesto a retener. Considera que se pueden aplicar deducciones personales permitidas por ley para reducir la base del impuesto.