Resolución Miscelánea Fiscal 2023
Las disposiciones fiscales en México pueden llegar a ser muy complejas, por eso es sumamente importante estar al tanto de ellas y de los ajustes continuos que pueden sufrir, con el objetivo de cumplir con estas obligaciones y evitar sanciones por cualquier tipo de omisión.
A continuación hablaremos sobre la Resolución Miscelánea Fiscal de 2023, qué incluye, por qué es relevante y cuáles son sus puntos más relevantes.
¿Qué es la Resolución Miscelánea Fiscal?
La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) es un documento elaborado por el SAT que debe ser aprobado por la Cámara de Diputados y Senadores.
Es una serie de disposiciones que determinan las obligaciones fiscales de los contribuyentes, quienes deben de cumplirlas en tiempo y forma. A diferencia de una reforma fiscal, la resolución miscelánea no incluye cambios en las tasas de impuestos ni reformas mayores a las leyes de los diversos gravámenes que integran el sistema de tributación en México.
Año con año, cuando el poder Ejecutivo presenta al Congreso de la Unión el paquete económico que regirá el siguiente ejercicio fiscal, si no hay una reforma fiscal, se incluye una miscelánea fiscal creada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Qué incluye la Resolución Miscelánea Fiscal 2023?
Se publicó el 27 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) de 2023, junto con sus anexos.
• 1: Formas oficiales aprobadas por el SAT.
• 5: Cantidades actualizadas establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
• 8: Tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto sobre la renta.
• 15: Impuesto sobre automóviles nuevos.
• 19:Cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos.
• 26: Códigos de Seguridad en cajetillas de cigarros.
• 27: Respecto al impuesto sobre hidrocarburos y cuotas actualizadas del derecho de exploración de hidrocarburos.
La cual entró en vigor el 1 de enero de 2023, y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Resolución Miscelánea Fiscal 2023: Lo más relevante
Entre las novedades más relevantes se encuentran:
Disposiciones generales
• Lugar y forma para presentar documentación: Los trámites que competan a la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior y no tengan un formato electrónico para su presentación, o cuando los sujetos no estén obligados a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), deberán presentarlos de forma presencial.
Código Fiscal de la Federación (CFF)
Acuerdo de intercambio de información: Existe un acuerdo de intercambio de información entre países. A partir del 1 de enero de 2023, se incluye Tailandia, las Maldivas, Ruanda y Mauritania. Esta incorporación incide en los análisis de retención o deducibilidad en transacciones con entidades sujetas a regímenes fiscales preferentes.
Días inhábiles: Serán inhábiles para el SAT los días 6 y 7 de abril, y el 2 de noviembre de 2023.
Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales: Se simplifica este procedimiento, por medio de:
1. Ingresar con la firma o contraseña en la funcionalidad “Autoriza que el resultado de tu Opinión del cumplimiento sea público o deja sin efectos la autorización”, en el portal del SAT, en el apartado “Otros trámites y servicios: Opinión del Cumplimiento”.
2. Elegir la opción: “Autorizo hacer público el resultado de mi opinión del cumplimiento”.
3. Seleccionar “guardar” para registrar la autorización.
Órgano colegiado: Su integración que emite una opinión sobre los actos que la autoridad debe comprobar, cuando carezcan de una razón de negocios, estará integrado por:
1. El Coordinador que presidirá las sesiones.
2. Un Secretario Técnico y un Prosecretario.
3. Los titulares de la Unidad de Legislación Tributaria, Unidad de Política de
Ingresos Tributarios y la Subprocuraduría Fiscal Federal de Legislación y Consulta.
4. Los titulares de la Administración General de: Auditoría Fiscal Federal, Grandes Contribuyentes, Hidrocarburos, Auditoría de Comercio Exterior y Jurídica.
La opinión del órgano colegiado se conforma por más de la mitad de los funcionarios presentes, pero si hay empate, el titular de la Administración General Jurídica tendrá el voto de calidad.
Títulos valor: Son acciones en las que se divide el capital social de una persona moral, siempre que se encuentren representadas por títulos nominativos para acreditar los derechos de socio.
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad: El aviso de esto deberá presentarse de acuerdo a lo establecido en la ficha de trámite “Aviso de constitución o cambios al fondo de creación de las reservas para pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad”.
Transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra: El aviso de esto deberá presentarse de acuerdo con lo establecido en la ficha de trámite 32/ISR “Aviso de transferencia de fondos y rendimientos del fondo de pensiones, jubilaciones y primas de antigüedad de una institución a otra”.
Pago de recargos por diferencias derivadas de la aplicación de un coeficiente menor en pagos provisionales: Cuando la autorización para disminuir los pagos provisionales se haya cubierto en cantidad menor a la que corresponda, el pago de recargos se hará en la declaración anual de acuerdo al artículo 9 de la Ley del ISR, en lugar de hacerse en las declaraciones complementarias de pagos provisionales.
Emisión de monederos electrónicos: Ya no será requisito contar con la certificación anual favorable de un órgano certificador para la autorización de emisión de monederos electrónicos, para la adquisición de combustibles.
Tasa anual de retención del ISR por intereses: para 2023 es del 0.00041%.
Opción para no presentar la declaración informativa de operaciones con partes relacionadas: Los contribuyentes con operaciones con partes relacionadas y que realicen actividades empresariales cuyos ingresos en el ejercicio anterior no excedan los $13 millones de pesos y los que tengan ingresos de la prestación de servicios profesionales no excedan los $3 millones de pesos, podrán no presentar la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas durante el año anterior.
Actualización del régimen y obligaciones fiscales de las organizaciones civiles y fideicomisos cuya autorización fue cancelada o revocada: Esto se hará a partir del día siguiente de la notificación del oficio de revocación o cancelación respectivo. Deberán cumplir con las obligaciones que estipula la Ley del ISR, lo que no las exime del cumplimiento de las obligaciones fiscales que tengan pendientes.
Las organizaciones civiles y fideicomisos que no recuperen su autorización en el mismo ejercicio fiscal en el que fueron revocadas o canceladas, deberán presentar la declaración informativa de transparencia sobre el período en el que contaron con la autorización.
Comprobantes Fiscales Digitales (CFDI)
Solicitud de datos en el RFC para timbrado de CFDI con complemento de nómina: Quienes hagan pagos por sueldos o por la prestación de un servicio subordinado y que estén obligados a emitir CFDI, podrán solicitar al SAT la información relacionada al RFC de las personas a quienes les realizan los pagos, siempre que en los últimos 12 meses, el solicitante haya efectuado pagos por esos mismos conceptos de la Ley del ISR.
Emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de Servicios: Podrán emitir un CFDI de ingreso sin Carta Porte que ampare la totalidad del servicio prestado. Los requisitos del CFF para su emisión deben registrar la clave del servicio de acuerdo al Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte. Esto para los contribuyentes que presten los siguientes servicios:
• Servicio de transporte dedicado (asignación de uno o más vehículos a un mismo cliente).
• Servicio de traslado de fondos y valores.
Dependiendo del servicio, se debe emitir un CFDI de traslado, incorporando el Complemento Carta Porte, donde se relacione el folio fiscal del CFDI de tipo ingreso por la prestación del servicio.
Servicio de fletamento: Los siguientes contribuyentes (excepto aquellos sin establecimiento permanente en México), deberán emitir un CFDI de tipo traslado con el Complemento Carta Porte para trasladar sus mercancías:
• Quienes usen una embarcación en estado de navegabilidad, sin armamento o tripulación, con un contrato de fletamento.
• Cuando haya un contrato de fletamento (de tiempo determinado) y el contribuyente ponga una embarcación armada y con tripulación a disposición del fletador.
• Cuando un contrato de fletamento por viaje, el contribuyente fletante conserva la gestión náutica y comercial.
Transporte marítimo en modalidad ferri: Los contribuyentes que hagan transporte marítimo de bienes en modalidad ferri, podrán emitir un solo CFDI con complemento Carta Porte para acreditar su traslado, siempre que el ferri regrese vacío o retorne los bienes señalados en dicho comprobante. Cuando el ferri, de vuelta transporte bienes adicionales, deberá emitir el CFDI de ingreso que acredite el transporte de dichos bienes.
Impuesto al Valor Agregado
Cálculo del IVA en la enajenación de motocicletas usadas: Para hacer este cálculo, por motocicletas adquiridas que no trasladen en forma expresa el impuesto, será aplicable la enajenación de vehículos.
Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Procedimiento para obtener folios autorizados por el SAT para impresión de marbetes electrónicos: Los contribuyentes que concluyan estos trámites, contarán con 6 meses a partir del día siguiente al que se haga la notificación de la resolución, para usar marbetes físicos y electrónicos en los productos de bebidas alcohólicas de la misma categoría.
¿Qué se debe considerar sobre la RMF?
Se debe de verificar el impacto de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 en las empresas, y los posibles cambios en las obligaciones fiscales a tomar en cuenta.¡Cuéntanos!
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